CONTRA EL DESPERDICIO EN CATALUÑA: EN HOSTELERÍA, EL CLIENTE SE LLEVARÁ LA COMIDA SOBRANTE

El Parlament de Catalunya aprobó ayer miércoles la Ley de Prevención de las pérdidas y el desperdicio alimentarios en Cataluña una nueva norma cuyo objetivo es reducir el desperdicio alimentario a lo largo de toda la cadena de valor, desde el sector primario hasta el consumidor final.

Según el documento del Parlament, esta normativa, “pionera en Europa porque a diferencia de la ley francesa o italiana, prioriza la prevención en origen ante la redistribución de los excedentes, y lo hace a lo largo de toda la cadena alimentaria [… ] debe ayudar a alcanzar los Objetivos de Desarrollo Sostenible de hambre cero y se propone reducir en un 50 % el desperdicio alimentario en 2030”.

Llevarse la comida sobrante

La ley impone una serie de obligaciones a todos los agentes de la cadena alimentaria, con el correspondiente régimen sancionador. Entre otras, las empresas de la cadena alimentaria, las entidades de iniciativa social y otras organizaciones sin ánimo de lucro que se dediquen a la distribución de alimentos estarán obligadas a:

  • Disponer de un Plan de prevención de las pérdidas y el desperdicio alimentario.
  • Medir e informar anualmente sobre los niveles de generación de pérdidas y desperdicio de alimentos.
  • Aplicar la jerarquía de prioridades en cuanto el destino de los excedentes: primer destino la alimentación humana, si esto no es posible, la alimentación animal y, si tampoco es posible, a compostaje u otros usos técnicos.
  • El cliente se llevará la comida que no se acabe.

En este sentido, el texto también establece deberes específicos a las empresas del sector de la restauración y la hostelería, entre los que destacan:

  • Facilitar al consumidor que pueda llevarse, sin coste adicional, los alimentos que no haya consumido, e informar de esta posibilidad de manera clara y visible en el mismo establecimiento, preferentemente a la carta o el menú.
  • Utilizar envases que sean aptos para el uso alimentario, reutilizables, compostables o fácilmente reciclables, y admitir que el consumidor lleve su propio envase.

También, y de cara a evitar el derroche en las administraciones públicas, la nueva normativa impone a la Administración y al resto de entidades del sector público la obligación de:

  • Incorporar en los contratos públicos y los convenios de gestión de servicios relacionados con la gestión de alimentos, cláusulas para prevenir las pérdidas y el desperdicio alimentarios.
  • Recoger y analizar los datos de las pérdidas y el desperdicio alimentarios y elaborar un Plan estratégico de prevención de las pérdidas y el desperdicio alimentarios.
  • El Gobierno, con la colaboración del Consejo Catalán de la Alimentación, deberá elaborar también un Plan estratégico.

Finalmente, la nueva ley ha querido destacar otro aspecto importante con la Regulación de espigar —recogida de las espigas que han quedado en el campo tras la siega—, como una actividad complementaria y sin ánimo de lucro que tiene como objetivo prevenir las pérdidas alimentarias a la producción primaria.

 

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