Corte declara inadmisible recurso de oposición en caso Zapete

La segunda sala de la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional declaró inadmisible el recurso de oposición interpuesto fuera de audiencia por la señora Maybeth Virginia Rodríguez, hermana del Procurador Jean Alain Rodríguez, en contra de la resolución que acogió la recusación al magistrado Franny González Castillo, mediante instancia interpuesta por el periodista Marino Zapete y sus abogados.

Mediante resolución número 502-2020-SER-00087, de fecha 2 de marzo de 2020, el tribunal fundamentó su dictamen en que la decisión recurrida no  “es susceptible de ser atacada mediante ningún recurso, según lo establece la parte infine del artículo 82 del Código Procesal Penal”.

La decisión de inadmisibilidad fue firmada por los magistrados Ysis Berenice Muñiz Almonte, jueza presidente en funciones de la cámara penal, Pedro Antonio Sánchez Rivera, Luis Omar Jiménez Rosa y Rosalba O. Garib Holguín, asistidos por la secretaria interina Carmen N. Ubrí Nova.

 El recurso de oposición fuera de audiencia había sido presentado por la señora Rodríguez a través de su abogado apoderado, doctor Julio Cury, en fecha 19 de febrero de 20020.

Para motivar su decisión, los magistrados de la cuarta sala de la Cámara Penal citan el artículo 400 del Código Penal, modificado por la ley 10-15 de fecha 6 de febrero del 2015 que establece: “Al momento del tribunal valorar la inadmisibilidad del recurso sólo deberá verificar los aspectos relativos al plazo, la calidad de la parte recurrente y la forma exigida para su presentación”.

Zapete, quien se encuentra acusado de supuesta violación a las disposiciones del artículo 29 de la ley número 6132 de Expresión y Difusión del Pensamiento, ha sido defendido por sectores de opinión pública, que afirman que el periodista es objeto de persecución y de un intento de silenciarlo, lo que constituye un atentado al derecho de los ciudadanos a ofrecer y recibir informaciones libre de censura y cortapisas.

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