El mes aniversario de la ONU y la protección de los Derechos Humanos en los Estados Miembros

El mes aniversario de la ONU y la proteccion de

Cuando leemos la “Carta de las Naciones Unidas” podemos apreciar, desde su preámbulo, la importancia conferida a los derechos humanos, no obstante en su propósito solo se establece: mantener la paz y la seguridad internacionales, a pesar de que el logro de éste no sería posible sin la protección de estos derechos y el desarrollo de los pueblos. Tres años después del nacimiento oficial de las Naciones Unidas, en el año 1948 tiene lugar la “Declaración Universal de los Derechos Humanos”, documento que marca un hito en la historia de los derechos fundamentales.

La Declaración fue elaborada por representantes de todas las naciones del mundo con diferentes antecedentes jurídicos y culturales, la cual fue adoptada y proclamada por la Asamblea General de las Naciones Unidas en París, el 10 de diciembre, mediante la resolución 127 A (III), “como un ideal común para todos los pueblos y naciones”. Aunque la Declaración Universal de Derechos Humanos, tal como su nombre lo indica, no es vinculante para los Estados miembros de la Organización, ésta, conjuntamente con el “Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos” y el “Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales”, con sus Protocolos Facultativos, que sí son vinculantes, forman la muy reconocida, “Carta Internacional de Derechos Humanos”. Una serie de Tratados Internacionales y otros instrumentos adoptados desde 1945 han aumentado la Legislación Internacional de Derechos Humanos.

 

Si bien es cierto que después de la entrada en vigor de la “Carta de las Naciones Unidas”, muy especialmente después de la “Declaración Universal de Derechos Humanos” en 1948, la Asamblea General ha adoptado numerosas resoluciones en materia de derechos humanos, éstas no son vinculantes para los Estados miembros de la Organización, ya que a la luz del Derecho Internacional no constituyen verdaderos Tratados Internacionales, más bien constituyen principios, valores y directrices que los Estados están en el deber de acoger, pues coadyuvan a los fines de éstos.

Desde su fundación, en la Organización de las Naciones Unidas solo han sido ratificados diez Tratados Internacionales sobre derechos humanos. Cada uno de estos Tratados ha establecido un comité de expertos encargados de supervisar la aplicación de los mismos por los Estados Partes. Algunos de los Tratados se complementan con protocolos facultativos relativos a preocupaciones especificas.

 

¿Cómo promueve y protege la ONU los derechos humanos? Con la “Declaración Universal de Derechos Humanos” nace la “Comisión de Derechos Humanos”, la cual viene siendo la entidad ejecutora de los postulados contenidos en la Declaración, teniendo a su cargo los principales temas, incluyendo la cuestión de la violación de los derechos humanos y las libertades fundamentales en cualquier parte del mundo, así como el establecimiento de normas sobre derechos humanos, como las relativas al derecho al desarrollo, los derechos civiles y políticos, los derechos económicos, sociales y culturales, la eliminación de la discriminación racial, la tortura, los derechos del niño, entre otros.

El 15 de marzo de 2006 la Comisión fue sustituida por el Consejo de Derechos Humanos, creado por la Asamblea General y compuesto por 47 Estados Miembros de la Organización de las Naciones Unidas.

 

Pero lo que en realidad marca un hito en materia de derechos humanos en la ONU, es la “Conferencia Mundial de Derechos Humanos”, celebrada en Viena en 1993. En esta Conferencia se aprobó la “Declaración y el Programa de Acción de Viena”, la cual puso de relieve el carácter universal, progresivo, indivisible e interdependiente de los derechos económicos, sociales, culturales, civiles y políticos, que se refuerzan mutuamente lo que llevó a adoptar la importantísima decisión de crear la “Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos”, ACNUDH. Cada vez que estos derechos se violan o son amenazados, la voz del Alto Comisionado se levanta en favor de la dignidad y rendición de cuentas.

Uno de los resultados más concretos de la “Conferencia y el Programa de Acción de Viena”, es el reconocimiento mundial de las “Instituciones Nacionales de Derechos Humanos”, en la promoción y protección de los derechos fundamentales. A comienzo de los 90 había menos de diez instituciones de este tipo; actualmente hay mucho más de 100, internacionalmente acreditadas.

Los antecedentes modernos de las “Instituciones Nacionales de Derechos Humanos” (INDH), los podemos encontrar en Suecia, en tres momentos diferentes: el primero, en el siglo XVI, cuando se estableció el “Presbote de la Corona”, cuya función principal era vigilar la administración de justicia en el reino.

Esta función la ejercía bajo la suprema autoridad del rey y, por esta razón, este agente del Estado debía rendir informe a la Corona; el segundo, cuando Carlos II nombró en 1713 al primer “Procurador Supremo”, un agente del Estado que tenía la misión de vigilar el cumplimiento de las leyes y la gestión pública; el tercero cuando en 1809 este instituto se incorporó a la Constitución sueca bajo la forma de un delegado parlamentario y, en este sentido, como un agente estatal independiente del rey, cuya misión, siguiendo el carácter que había adquirido en el pasado, consistió en vigilar la administración pública y hacer respetar los derechos y libertades de los ciudadanos a través de mecanismos para atender sus reclamaciones.

Dada su experiencia exitosa y su necesidad, la institución sueca de derechos humanos, también se estableció en muchos países de Europa: en Finlandia en 1919, en Dinamarca en 1953, y con posterioridad, en buena parte de los países de Iberoamérica; la Constitución de Portugal la estableció en 1976; la de España, en 1978; la de Guatemala en 1985, y así sucesivamente. República Dominicana la estableció en la Constitución de 2010, no obstante en 2001, ya la había establecido por vía legislativa, haciendo su transición del Estado liberal al Estado Social, donde se infiere que las instituciones estatales encargadas de la protección y promoción de los derechos fundamentales asumen nuevas misiones institucionales.

El papel de garantes de los derechos humanos permite a las INDH, hacer un constante recordatorio a los servidores públicos o funcionarios de los órganos del Estado, acerca de los derechos y deberes que están comprometidos a respetar y cumplir frente a todos los habitantes del país.

“Las Instituciones Nacionales de Derechos Humanos” son mecanismos de tutela no jurisdiccionales, con competencia para la protección y promoción de los derechos fundamentales, disponiendo del mandato más amplio posible enunciado en los textos constitucionales o legislativos y brindan un procedimiento informal, breve y sencillo para la fiscalización de la actuación de las autoridades.

El surgimiento de las “Instituciones Nacionales de Derechos Humanos” (INDH), responde al reclamo de fortalecimiento de las instituciones del Estado con base en el respeto de los derechos humanos.

A pesar de las diversas denominaciones que se le ha dado a las “Instituciones Nacionales de Derechos Humanos” (INDH) -Ombudsman, Defensor del Pueblo, Procurador de los Derechos Humanos, Comisionado de la Administración, Defensor de los Derechos Humanos, Canciller de Justicia, Comisionado para los Derechos Humanos, Procurador del Ciudadano, Defensor de los Habitantes de la República, Protector del Ciudadano, Abogado del Pueblo, Abogado Parlamentario, entre otros, todos comparten una misión: proteger y promover los derechos humanos.

En 1991, se celebró en París la “Primera Reunión Técnica Internacional sobre las Instituciones Nacionales de Promoción y Protección de los Derechos Humanos”. Uno de los resultados fundamentales de aquella reunión fueron los Principios relativos al estatuto de las INDH, denominados Principios de París. Mediante resolución 48/134 del 20 de diciembre de 1993, la Asamblea General de la ONU acoge los Principios de París, anexando los mismos a dicha resolución. Hoy día los Principios de París son una forma generalmente aceptada de poner a prueba la legitimidad y credibilidad de una institución y han pasado a formar parte del vocabulario de los derechos humanos.

“La Conferencia Mundial de Derechos Humanos”, celebrada en Viena en 1993 fue un punto de inflexión para las INDH. Por primera vez, se reconoció oficialmente a las instituciones nacionales que cumplían los Principios de París como actores importantes y constructivos en la  promoción y protección de los derechos humanos.

La Conferencia Mundial de 1993 sirvió también para consolidar la Red de Instituciones Nacionales, creada en París en 1991, y allanó el terreno para el establecimiento del “Comité Internacional de Coordinación de las Instituciones Nacionales para la Promoción y Protección de los Derechos Humanos”. El 22 de marzo de 2016, la Asamblea General sustituyó ese nombre y adoptó: “La Alianza Global de las Instituciones Nacionales de Derechos Humanos” (GANHRI), por sus siglas en inglés.

“La Alianza Global de las Instituciones Nacionales de Derechos Humanos” (GANHRI), promueve el papel de las INDH en todo el mundo, proporciona un foro para que sus miembros interactúen e intercambien información y facilita su colaboración con las organizaciones internacionales. Así mismo, impulsa y fortalece las INDH para que operen en conformidad con los Principios de París y toma iniciativa en materia de promoción y protección de los derechos humanos.

Las Asambleas Generales de la GANHRI, las reuniones de su Buró y del Subcomité de Acreditación, así como las conferencias internacionales de la GANHRI, se realizan bajo los auspicios del “Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos” (ACNUDH). La Oficina del ACNUDH ha definido como uno de sus objetivos primordiales el de ayudar a las INDH en la consecución de los estándares fijados por los Principios de París, ya que considera que las INDH son parte fundamental del sistema de protección de derechos humanos.

El ACNUDH es la máxima autoridad en materia de derechos humanos en la ONU y se encarga de promover y proteger todos los derechos humanos contenidos en la Carta de las Naciones Unidas y el derecho internacional de los derechos humanos.

El Alto Comisionado trabaja para que los estándares de derechos humanos sean integrados en todos los programas de las Naciones Unidas y asegurar que el trabajo por la paz y la seguridad, el desarrollo y los derechos humanos, los tres pilares fundamentales del sistema de las Naciones Unidas, se relacionen y reafirmen entre sí, y que los derechos humanos sean la piedra angular de todas las actividades de la ONU.

Los derechos humanos son una preocupación básica de las Naciones Unidas y las “Instituciones Nacionales de Derechos Humanos” (INDH), son mecanismos fundamentales para hacer realidad esos derechos. Las Naciones Unidas han incrementado sus actividades orientadas al establecimiento y el fortalecimiento de esas instituciones en consonancia con los Principios de París, como un elemento importante para velar por los derechos humanos a nivel nacional.

Por: Jose Manuel Jerez

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