Flexibiliza medidas por Covid-19 y emite otro toque de queda

Flexibiliza medidas por Covid 19 y emite otro toque de queda
Militares en un reten durante el toque de queda.

El presidente Luis Abinader flexibilizó las medidas que había dispuesto para prevenir contagios del Covid-19 e impuso un nuevo toque de queda que inicia lunes 11 y concluye el martes 26 con tres horas de libre tránsito.

El nuevo toque de queda establece que de lunes a viernes, sin importar si se trate de días laborables o feriados, el horario será desde la 5:00 de la tarde hasta las 5:00 de la madrugada, con tres horas de libre tránsito para llegar a sus casas a las 08:00 de la noche.

Asimismo mediante el decreto 7-21 el mandatario dispuso que los sábados 16 y 23 de enero, así como los domingos 17 y 24 del mismo mes, el toque de queda será desde la 12:00 del mediodía hasta las 5:00 de la madrugada con tres horas de libre tránsito para llegar a sus casas a las 03:00 de la tarde. En el toque de queda vigente actualmente, durante los sábados y domingos no tienen horas de libre tránsito.

El decreto indica que los restaurantes podrán recibir clientes en sus instalaciones hasta un 50% de su capacidad instalada, en estricto cumplimiento de los protocolos de distanciamiento vigentes, sin que excedan de 6 personas por mesa.

En cuanto a los bares, tiendas de expendio de bebidas alcohólicas y colmadones señala que no podrán recibir clientes que consuman en sus instalaciones.

También se estableció que las actividades del sector turístico continuarán manejándose con un protocolo especial como hasta ahora y se prohibe la organización, promoción y ejecución de actividades masivas, fiestas, u otras similares en las instalaciones turísticas en todo el país”, indica un párrafo del artículo 9 del decreto.

Horario en entidades estatales

El decreto 7-21 dispone que el horario laboral en el sector público sea hasta las 3:00 de la tarde y el envío del 40% de la plantilla de empleados públicos no esenciales para la actividad del Estado, a continuar sus labores desde el hogar, a través de los medios tecnológicos que permiten el teletrabajo.

En el caso de las entidades públicas que prestan servicios de transporte público, tales como la OPRET y la OMSA, se les instruyó a ofrecer su servicio a la ciudadanía dentro del horario de circulación definido en el decreto.

Asimismo, las actividades de las diferentes iglesias o denominaciones religiosas, se mantendrán en los términos previstos en el decreto 2-21, de fecha 5 de enero de 2021. El decreto ratifica y mantienen vigentes excepciones al toque de queda.

Parques y malecones abiertos para deporte

La disposición presidencial deja clausurados los espacios públicos abiertos al aire libre, tales como parques y malecones, y solo podrán ser utilizados para prácticas deportivas que no impliquen grupos, equipos o aglomeración de personas. También se dispuso la clausura de los gimnasios, en espacios públicos o privados, cines, teatros y de eventos públicos y masivos. Se prohibió la venta y consumo de bebidas alcohólicas en esos lugares.

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