Tribunal Constitucional deja en estado de fallo tres expedientes de acción directa de inconstitucionalidad

Tribunal Constitucional deja en estado de fallo tres expedientes de

El presidente del TC, magistrado Milton Ray Guevara, llama a la moderación y prudencia durante el asueto de Semana Santa

SANTO DOMINGO.  El Pleno del Tribunal Constitucional (TC) declaró en estado de fallo tres expedientes de acción directa de inconstitucionalidad durante una audiencia pública virtual celebrada este viernes 26 de marzo, con la participación del Pleno de magistrados y magistradas que integran el órgano jurisdiccional,   encabezado por su presidente, Dr. Milton Ray Guevara.

Previo al inicio de la audiencia, el magistrado Ray Guevara hizo un llamado a la ciudadanía a disfrutar con prudencia durante el feriado de Semana Santa. Dijo que esta fecha “debe ser un renacer espiritual, un inicio en torno a nuevas metas, nuevos logros, nuevos propósitos. En consecuencia, la moderación y la prudencia deben primar en un sano disfrute, para que el país no vea comprometida, mayormente, su salud y la finanzas nacional”.

En la audiencia pública quedó en estado de fallo el expediente TC-01-2020-0061, que tiene como accionante a la Fundación Alianza Ciudadana Inc. contra los artículos 13, párrafo II, parte in fine, de la Ley 311-14, que instituye el sistema nacional autorizado y uniforme de declaraciones juradas de patrimonio de los funcionarios y servidores públicos, de fecha 11 de agosto de 2014; y 9, párrafo III, del Decreto 92-16 emitido por el Poder Ejecutivo, que establece el Reglamento de Aplicación de la Ley 311-14.

Igualmente, fue dejado en estado de fallo el expediente TC-01-2021-0001, en el que Amado A. Moquete Tena atacó las resoluciones a) 002-2020, dictada por el Consejo del Poder Judicial el 21 de abril de 2020; b) 004-2020, dictada por el Consejo del Poder Judicial el 19 de mayo de 2020; c) 005-2020, dictada por el Consejo del Poder Judicial el 19 de mayo de 2020; d) 006-2020, dictada por el Consejo del Poder Judicial el 2 de junio de 2020, y e) 007-2020, también dictada por el Consejo del Poder Judicial el 2 de junio de 2020.

Finalmente, quedó en estado de fallo el expediente TC-01-2021-0002, que tiene como accionantes a Betcris Banca de Apuestas SRL (BETCRIS-RD) y al señor Edinson Ureña Gómez contra los artículos 3, párrafo V, de la Ley 139-11, sobre Reforma Tributaria con el propósito de aumentar los ingresos tributarios y destinar mayores recursos a la educación, del 28 de junio de 2011; artículo 3 parte capital, que modifica el art. 4 de la Ley 80-99, a su vez modificado por el art. 1 de la Ley 140-02, que modifica el art. 4 de la Ley 80-99, a su vez modificado por el art. 1 de la Ley 140-02, que modifica la Ley sobre Bancas de Apuestas al Deporte Profesional del 25 de julio de 2002; el artículo 4 de la Ley 139-11; el artículo 50 de la Ley 253-12, para el Fortalecimiento de la Capacidad Recaudatoria del Estado para la Sostenibilidad Fiscal y el Desarrollo Sostenible del 2 de noviembre de 2012 y el artículo 3.29 de la Ley 494-06, que Organiza la Secretaría de Estado de Hacienda, del 21 de diciembre de 2006.

En la audiencia virtual estuvieron presentes los magistrados Rafael Díaz Filpo y Lino Vásquez Sámuel, primer y segundo sustitutos del presidente; Manuel Ulises Bonnelly Vega, Justo Pedro Castellanos Khoury, Domingo Gil, María del Carmen Santana de Cabrera, Miguel Valera Montero, José Alejandro Vargas Guerrero y el secretario del TC, Julio José Rojas Báez.

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