Tribunal impone tres meses de prisión preventiva a Luis Inchausti, acusado de violencia de género

Tribunal impone tres meses de prision preventiva a Luis Inchausti

La Oficina de Atención Permanente del Distrito Nacional impuso este viernes tres meses de prisión preventiva al exdirigente político Luis Inchausti Rivera imputado de violencia física, verbal y psicológica en contra de una expareja.

El tribunal dispuso que el exdirector de los Programas de Empleos Mínimos Eventuales (PEME) cumpla la medida de coerción en el Centro de Corrección y Rehabilitación Najayo-Hombres.

El Ministerio Público le imputa atacar verbal, física y psicológicamente a expareja en presencia de la hija de ambos, de siete años.

De su lado, los abogados de Inchausti Rivera aseguraron que este es la verdadera víctima. Su defensa ha dicho que la expareja del imputado fue quien le agredió físicamente “tomando en cuenta que Inchausti es una persona envejeciente, enfermo, de 79 años”.

Según el expediente presentado por el Ministerio Público el hecho ocurrió a las 4:00 de la tarde del sábado 13 de febrero en una calle del sector de Piantini, del Distrito Nacional.

Entre los declarantes se encuentra la hija mayor de la víctima, quien aseguró, dice el órgano acusador, que no es la primera vez que Inchausti Rivera abusa contra su expareja. “En mayo de 2018 la agredió físicamente tomándola por los cabellos y estrellándola contra la pared”, declaró al Ministerio Público.

El Ministerio Público solicitó la imposición de prisión preventiva al considerar que el exdirigente político no ofrece garantía para presentarse a los actos del procedimiento y someterse a estos, y “es reincidente en la comisión de delitos de violencia de género”.

Debido a que actualmente Inchausti Rivera es positivo al covid-19, se encuentra recluido en Batey Bienvenido, donde, indicaron las autoridades, permanecer en aislamiento y bajo el seguimiento médico necesario.

A este hecho, el órgano de la persecución penal le ha otorgado la calificación jurídica de violación a los artículos 309-1 309-2 y 309-3 literal (d) y (e) del Código Penal Dominicano, modificado por la Ley 24-97, sobre Violencia Intrafamiliar y de Género.

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