TSE rechaza dos amparos sobre resultados de las elecciones

TSE rechaza dos amparos sobre resultados de las elecciones
El Tribunal ha estado recibiendo recursos relacionados a las elecciones de julio.

El Tribunal Superior Electoral (TSE) declaró inadmisible una acción de amparo incoada por la candidata a diputada nacional del Partido Revolucionario Moderno, Ceila Encarnación Minyety.
El TSE en el dispositivo de la sentencia TSE-754-2020, no admitió la acción contra la Junta Central Electoral y el Partido Civico Renovador (PCR), en razón de que el propio TSE está apoderado de una demanda en nulidad o impugnación (expediente TSE-538-2020) con idénticas pretensiones lo cual determina su inadmisibilidad.

Asimismo el Tribunal declaró inadmisible de oficio, una acción de amparo sometida por Andrés Reyes Fortunato, que buscaba se ordenara un recuento de votos válidos y que se dispusiera la suspensión de la entrega de los certificados de elección a los diputados electos.

“Constituye una cuestión de legalidad ordinaria que no puede ser atendida mediante una acción de amparo, dada la naturaleza especial de este proceso constitucional pues supone la intervención del juez de amparo en el análisis de pruebas y situaciones que no se ajustan al carácter sumario de este instituto procesal”, señala la corte.

Ambas decisiones fueron adoptadas con el voto unánime de los magistrados del TSE, Román Jáquez Liranzo, juez presidente y los miembros Ramón Madera Arias, Cristian Perdomo, Rafaelina Peralta y Santiago Sosa.

Del mismo modo, la Alta Corte, ordenó a la Junta Electoral de San Gregorio de Nigua, la revisión y cuadre de las actas de escrutinio del nivel de diputaciones (D y DI) relativas a los colegios electorales 265 y 324, ambos de dicho municipio.

El Tribunal ha recibido más de 100 expedientes impugnaciones y amparo, relacionados con el pasado proceso electoral donde se escogieron diputados, senadores y el presidente y vicepresidente de la República. El TSE había declarado inadmisible tres acciones de amparo interpuestas de forma separadas por candidatos a senador y diputado en las pasadas elecciones por el Partido Revolucionario Moderno (PRM) y la Fuerza del Pueblo.

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