Voto de dominicanos en exterior históricamente ha sido activo y creciente

 

Voto de dominicanos en exterior historicamente ha sido activo y
La JCE estableció algunos protocolos en los pasados comicios municipales.

El voto de los dominicanos en el exterior, tema que ha sido el centro de preocupación de diversos actores en los últimos meses por el peligro que corría ese sufragio por la pandemia del COVID-19, ha sido una conquista de los criollos que está consignada en la Constitución de la República y las leyes.

El sufragio de los dominicanos en el exterior fue establecido por primera vez en la derogada Ley Electoral 275-97, que en su artículo 82 rezaba que “los dominicanos residentes en el extranjero, que estén en pleno ejercicio de sus derechos civiles y políticos, podrán ejercer el voto para elegir al presidente y vicepresidente de la República”, pero no fue hasta 2004 cuando se hizo realidad este voto sólo para el nivel presidencial.

Años más tarde, específicamente en 2011, fue promulgada la Ley 136-11 que regula el voto en el exterior para la elección de los diputados y diputadas representantes de la comunidad dominicana en el exterior en tres circunscripciones electorales.

¿Cómo ha sido la participación del exterior?

La participación en los procesos electorales de los dominicanos en el exterior siempre ha sido activa y creciente, y el padrón de electores ha aumentado conforme pasan los años de una manera significativa, según datos recopilados de la Junta Central Electoral (JCE).

En 2004, que es el primer registro de este sufragio votaron 35,042 (un 66.8%) ciudadanos dominicanos en el extranjero de un padrón conformado por 52,440 electores; en 2008 76,713 (49.5%) dominicanos fueron los que votaron de un padrón que tenía 154,789 electores registrados.

En 2012 la participación se cifró en 147,479 (44.8%) de un padrón compuesto por 328,649 dominicanos. Ya en el 2016, de un padrón que tenía 384,523 criollos hábiles para sufragar, la votación emitida fue de 187,273 (48.7%).

Padrón del exterior de 2020 es el 7.91% del universo total de votantes

El padrón del exterior para las elecciones presidenciales y congresuales de este 5 de julio de 2020 está compuesto por 595 mil 879 dominicanos, que representa el 7.91% del universo total de electores dominicanos que es 7,529,932.

De todos ellos, 406 mil 536 están en Estados Unidos, que es uno de los mayores afectados por la COVID-19.

También de América del Norte hay otros 2,651 electores que están entre Canadá y México. Los demás residen en Europa, América Central, América del Sur, Guayana Francesa y las islas del Caribe.

De las circunscripciones electorales

Con la Ley 136-2011 que regula el voto de los dominicanos para elección de los diputados y diputadas representantes de la comunidad dominicana en el exterior, se crearon las tres circunscripciones electorales con el fin de garantizar que los ciudadanos y ciudadanas que resultaran electos en las elecciones correspondientes fuesen una verdadera representación de los electores que los eligieran.

El criterio tomado en cuenta fue el aspecto poblacional, geográfico y la distribución de los ciudadanos dominicanos en proporción a la densidad poblacional, sin que en ningún caso fuesen menos de dos los representantes por cada circunscripción.

Las circunscripciones electorales parten de la división en países, estados y ciudades que han sido implementadas por la Junta Central Electoral, asignando la cantidad de diputados y diputadas correspondientes de conformidad con el número de electores dominicanos, y tomando en cuenta que la suma de los representantes por circunscripciones debe coincidir con la cantidad de representantes que los dominicanos en el exterior tienen derecho a elegir, según lo establece la Constitución de la República.

Es así, como nace la primera circunscripción electoral del exterior en la que se eligen 3 diputados en Canadá (Montreal y Toronto); en Estados Unidos (New York, Massachusetts, Rhode Island, New Jersey, Pennsylvania, Washington DC y Connecticut).

En la segunda circunscripción, se eligen dos diputados en Curazao; Estados Unidos (Miami); Panamá; Puerto Rico (San Juan); San Martin (San Marteen) y en Venezuela (Caracas).

En la tercera circunscripción, se eligen dos diputados más y las votaciones se llevan a cabo en España en las ciudades de Madrid y Barcelona; Holanda (Ámsterdam); Italia (Milano) y en Suiza (Zúrich).

Con la aprobación de la Ley 136-11 surge también, en cada una de las demarcaciones de votación, las Oficinas de Coordinación de Logística Electoral en el Exterior (OCLEE), las cuales tienen funciones similares a las atribuidas a las juntas electorales del país, con la prerrogativa de juzgar las situaciones que se presenten a propósito de las objeciones efectuadas en los colegios electorales en el exterior, especialmente sobre votos objetados y votos anulables. De igual forma, son las encargadas de organizar y montar los comicios en las naciones extranjeras. ElPleno de la JCE emitió el pasado lunes la resolución 52-2020 con la cual convocó formalmente a elecciones en el exterior para el 5 de julio, ya que el órgano comicial no incluyó el sufragio en el extranjero en la resolución 42-2020 que fijó para el 5 de julio las elecciones locales por la situación sanitaria mundial.

FUENTE: El Caribe

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