El Tribunal Supremo ha establecido que únicamente las petroleras pueden reclamar la devolución de las cuotas autonómicas del impuesto sobre hidrocarburos, declaradas ilegales por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), dejando fuera a consumidores finales como los transportistas.
Según EFE, la decisión se basa en la sentencia del 30 de enero en la que la sala de lo contencioso estima el recurso de Carburants Axoil frente a un fallo de abril de 2022 de la Audiencia Nacional. El Supremo clarifica que quienes soportan el impuesto no pueden reclamar su devolución a menos que demuestren que no hubo repercusión del mismo en el precio final del producto.
El fallo subraya que los consumidores finales no están legitimados para solicitar la devolución de un impuesto trasladado vía precios, y que las cantidades repercutidas no constituyen un ingreso tributario indebido para ellos. Entre 2013 y 2018, España aplicó un tramo autonómico del IEH que el TJUE declaró ilegal en mayo de 2024, tras lo cual se instauró un tipo uniforme en todo el país.
La patronal Fenadismer ha criticado que solo las petroleras puedan recuperar un impuesto recaudado de forma ilegal, señalando que esto podría suponer más de 5.000 millones de euros a su favor, mientras que transportistas y otros consumidores probablemente no recuperarán nada a pesar de haber soportado efectivamente el gravamen. El Supremo también destaca la falta de iniciativa de la Administración para demostrar que las petroleras trasladaron estas cuotas a sus clientes.
La resolución abre un debate sobre el impacto de los impuestos indirectos y la distribución de cargas tributarias entre productores y consumidores finales, con implicaciones significativas para el sector del transporte y la política fiscal autonómica en España.








